Tienes más cara que un saco de ochenas

24.11.2019

TIENES MAS CARA QUE UN SACO DE OCHENAS1

De vez en cuando vemos en las personas comportamientos que nos resultan tan egoístas que ni aun utilizando toda nuestra reserva de empatía conseguimos entender. "Es que no te pones en mi lugar" suelen decir. Que va, no es eso. Es que no tienes razón, ni base jurídica que sustente tu postura, ni juzgado que vaya a pronunciarse a tu favor.

Pero a veces esos comportamientos llegan a los tribunales. Y al analizar las sentencias vemos el argumentario en el que pretenden basar sus peticiones (y si, seguimos sin ponernos en su lugar). La sentencia que os traemos, aunque ya tiene un año, es un buen ejemplo: SAP Barcelona 905/2018 de 4 de Octubre.

El punto de partida es una demanda de modificación de medidas interpuesta por el padre ante el Juzgado de Primera Instancia en la que solicita la extinción de la pensión de alimentos en favor de su hija (en base a que ya se había incorporado al mercado laboral) y la devolución de las pensiones de alimentos indebidamente abonadas durante los meses previos. En Julio de 2017 se dicta sentencia estimando la petición del padre.

La madre recurre en apelación impugnando tanto la extinción de los alimentos como la consideración de que ha existido un enriquecimiento injusto y la consiguiente devolución de las pensiones indebidamente cobradas.

El razonamiento alegado para justificar que el padre deba seguir pagando la pensión de alimentos (de 378€) aun cuando su hija tiene 24 años, trabaja esporádicamente desde 2014 y de manera continuada desde Octubre de 2016 y percibe un salario de 900 euros mensuales es que el contrato es temporal. Mención aparte del hecho de que la hija manifiesta el interés en seguir estudiando.

El Tribunal considera que tras casi 4 años, independientemente de la temporalidad de los contratos, su introducción en el mercado laboral es un hecho indiscutible. Y en cuanto a su deseo de volver a estudiar, es muy loable, pero habrá de hacerlo compatibilizándolo con su trabajo.

En cuanto al segundo punto del recurso determina el tribunal que ante la inexistente de relación entre el padre y la hija era imposible que supiera que ella había alcanzado la independencia económica y dado que la madre no le ha avisado (siendo esta su obligación), se ha enriquecido de manera indebida. Así que debe devolver todo lo percibido más los intereses generados.

Cómo dice mi abuela "Tiene más cara que un saco de ochenas!!!"




1 Ochena o Perra gorda. Denominación que recibía en 1870 la moneda de diez céntimos de peseta


¿Tienes alguna sugerencia o duda que quieres que expliquemos en dos minutos?